La Ley de Educación Superior, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo, presenta enormes desafíos de implementación. Desde luego, la creación de instituciones regulatorias con mayor poder era una necesidad; pero ese poder abre un espacio de incertidumbre por el eventual mal uso que un regulador sustancialmente más poderoso pueda ejercer. También es previsible un mayor costo para el Estado y las instituciones por la sobrecarga administrativa y mayor judicialización, lo que podemos asegurar de, por ejemplo, que la Ley considera una falta la “evaluación arbitraria de los estudiantes”.
Atenuar estos problemas requiere de una Superintendencia profesional y que centre sus esfuerzos, como se ha venido proponiendo con la Superintendencia de Educación Escolar, en las instituciones con claras debilidades académicas y en riesgo de colapso financiero. Sin embargo, la judicialización y la mayor carga administrativa a la necesaria para promover la calidad y proteger al sistema de un desprestigio asociado a abusos, será difícil de evitar sin una reforma.
Aparte del factor institucional, hay dos desafíos principales que la nueva regulación impone. El primero, de financiamiento; el segundo, sobre la calidad. En relación con financiamiento, la ley establece un itinerario que lo más probable nunca llegue a operar en régimen, es decir, alcanzando prácticamente a todos los alumnos. Sin embargo, el legislador concibió erradamente que la transición tuviera elementos que solo tienen sentido en una operación en régimen. El más relevante, la fijación completa de aranceles.
La fijación de aranceles a través de una comisión técnica, en el mejor de los casos, podrá hacerlo correctamente en la mediana. Ello, insisto en el mejor de los casos, significará dejar desfinanciado a la mitad de las Carreras y sobre financiada la otra mitad. Ello no sería un problema mayor si es que el financiamiento fuera suficiente para un desarrollo diseñado en pos de objetivos de largo plazo. Sin embargo, el desarrollo efectivo bajo un esquema como el señalado privilegiará las Carreras o Escuelas sobre financiadas, en detrimento de las con déficit. Así, el sistema se moverá en una dirección que no tiene que ver con la visión deseada de lo que necesita el país, sino más bien con el tipo de error, completamente esperable, que pueda cometer una Comisión.
El problema anterior se agudiza cuando se le agregan los requerimientos que impone la ley respecto del cumplimiento de plazos de titulación. Concordamos con la necesidad de inducir a las instituciones a no prolongar innecesariamente las Carreras y a buscar medios efectivos para que los alumnos culminen su formación en un período razonable. En tal sentido, imponer costos, multas, o bajarle el financiamiento a los alumnos que excedan el período formal parece razonable. Sin embargo, la ley es especialmente gravosa para la formación que combina estudio y trabajo, fuertemente representada en la vespertina. La Educación Técnico Profesional de nivel superior tiene aproximadamente la mitad de sus alumnos con jornada vespertina, los que a su vez, mayoritariamente combinan trabajo y estudio.
Sabemos que los alumnos vespertinos tienden a tomar la misma carga y estructura de cursos que los que tienen jornada completa de estudio, lo que les endurece especialmente su labor. Ello no solo deriva en Carreras más largas sino en un sustancialmente mayor fracaso en los cursos y mayor tasa de deserción.
Una razón para que los alumnos no tomen una menor carga es el sistema de cobro, que es por semestre y no por crédito. Un proyecto de nuestro Plan de Desarrollo apunta precisamente a remediar esta situación, de modo que los alumnos que requieran más flexibilidad, mayor tiempo, no les cueste más. Debemos así reconsiderar, reformar el artículo de la ley que penaliza esta flexibilidad y la prolongación virtuosa de la Carrera. De otro modo, no solo habrá desfinanciamiento, sino un incentivo perverso que puede derivar en mayor deserción.
En cuanto a la calidad, la Ley establece un conjunto de cambios que desafían a toda la educación superior, como es la necesidad de acreditar un sistema de aseguramiento de la calidad y la selección de Carreras para complementar la acreditación institucional. Sin embargo, en el caso de una institución como Duoc UC, que debe optar a la máxima acreditación, se impone un desafío adicional, cual es acreditarse en innovación-investigación.
Entendemos que la investigación aplicada, pertinente al mundo técnico profesional, debe tener características propias, afines al desarrollo de los estudiantes por la vía docente, y no cabe sustituirla por acciones que pudieran llevarse a cabo en forma aislada, independientes de la enseñanza masiva. Debemos entonces afianzar y organizar el camino ya recorrido con distintos centros de Duoc UC que vienen realizando investigación aplicada y que comenzamos a estructurar el año 2016, con la Dirección de Innovación. Tenemos el enorme desafío de proponer una métrica, una forma de medir impacto, para que ella contribuya a la definición que la propia institucionalidad debe realizar. Sabemos del enorme interés que nuestros concursos de innovación han despertado, y sabemos especialmente que ese es un camino de formación, de desarrollo de la imaginación, de la sistematización y del trabajo en equipo, interdisciplinario, que es la fuente del mayor impulso de productividad que el país reclama.
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