15 de Octubre, 2018

Exposición del Rector de Duoc UC Ricardo Paredes Molina en la Comisión de Educación del Senado.

Equipo Editorial Observatorio

Equipo Editorial Observatorio

13 minutos de lectura

Quiero agradecer la invitación a Duoc UC por esta participación[1]. Duoc UC es una institución de 103 mil alumnos que tiene una visión que complementará parte de las presentaciones ya realizadas.

La presentación remarcar los aspectos positivos del proyecto y el principal aspecto negativo. Este es, en síntesis, que se trata de un crédito “demasiado conveniente”. La paradoja de ello es que, siendo bueno, puede transformarse en algo negativo desde la perspectiva del sistema. Proponemos una solución para este problema principal y después una propuesta para el problema relacionado con la duración, un aspecto más puntual del proyecto.

Lo positivo es sin duda dar financiamiento al alumno fuera de gratuidad. Eso es súper importante porque tenemos una gran cantidad de alumnos que requieren financiamiento, tanto dentro de instituciones que tienen gratuidad como fuera de ellas.

En segundo lugar, es positivo porque termina la discriminación entre alumnos universitarios y del sector TP. Y la termina de forma virtuosa porque las condiciones mínimas comunes son las mejores: una tasa de interés menor y crédito con pago contingente al ingreso.

En tercer lugar, un elemento que es esencial termina con cierta injusticia intertemporal, al permitir a los deudores del CAE –aquellos que llevan una mochila muy antigua- que se acojan al nuevo sistema.

Para entender el lado negativo del proyecto, este debe describirse someramente. En el nuevo crédito se calcula un valor de arancel referencial, que el proyecto llama arancel regulado, pero no es propiamente regulado (lo denominaremos AR). El propósito para AR es reflejar el costo de la provisión de las Carreras y servir de ancla del aporte estatal de las ayudas estudiantiles, sin fijar explícitamente los aranceles. Ello lo valoramos dado que, como ha quedado claramente expresado en las exposiciones previas, es una tarea muy difícil lograr una adecuada regulación. Por ello, el proyecto permite y las instituciones valoran, que haya un margen para cobrar más que AR.

El proyecto aborda y resuelve el problema de acceso por la brecha que puede existir entre el arancel efectivo y la ayuda estudiantil. Ese es un problema que hoy día tenemos y que no se resolvió en el año 2012, quedó pendiente. Por último, el proyecto incentiva a las instituciones de educación superior a aumentar la retención y la empleabilidad futura. Todo eso, creemos, es bueno.

Lo negativo del proyecto es que discrimina en contra de instituciones en gratuidad, las incentiva a salirse de ella y tiene un efecto negativo en el sistema en su conjunto. Esto es paradojal porque el proyecto evaluado por sí solo, fuera del contexto actual, es muy favorable. No quisiéramos bajar este buen crédito porque es “muy bueno” y ese desafío, esa paradoja hay que abordarla. Para ello tenemos propuestas.

Como señalé, el crédito tiene en primer lugar el llamado arancel regulado que ancla, más o menos dependiendo si la institución está o no en gratuidad, el aporte estatal por los alumnos ya sea estén en gratuidad o en crédito. En segundo lugar, las instituciones de educación superior tienen mayor o menor libertad para la fijación de aranceles según adscriban o no a la gratuidad, lo que es importante de tener en cuenta. En efecto, el proyecto deja un margen para que las instituciones puedan cobrar o recibir ingresos distintos a este arancel regulado, lo que refleja la conciencia del Estado (y las advertencias que hemos hecho reiteradamente), que es muy difícil fijar bien el arancel. Por ello da libertad, pero esa libertad se da en forma muy diferenciada.

Específicamente, las instituciones de educación superior beneficiarias de crédito pueden llegar a cobrar 1,5 veces el arancel regulado; es decir, recibir más que el arancel de referencia y deben avalar el 50% de la brecha entre lo transferido por el crédito y el arancel de referencia. Eso es la descripción.

El beneficio relativo de estar en gratuidad respecto de no estarlo, lo he representado con signo positivo cuando hay un beneficio y con signo negativo cuando hay un perjuicio. Las instituciones en gratuidad no requieren garantía por deserción de sus alumnos, o sea, para los alumnos en gratuidad lo que es un beneficio para las instituciones. Sin embargo, la dureza de la pérdida de financiamiento por mayor duración esperada, estimamos que más que compensa ese beneficio. Por lo tanto, y sin haber hecho un estudio, creemos que lo positivo y lo negativo se compensa y no es un beneficio para las instituciones en gratuidad.

Los alumnos en gratuidad no se endeudan. Ese es un beneficio para las instituciones en gratuidad, pues eventualmente aumentará la demanda. Sin embargo, el arancel regulado será más restrictivo en determinar los ingresos provenientes del Estado. Particularmente claro es ello para los alumnos entre los deciles 1 a 6. Hay que remarcar que eso respecto solo a los ingresos provenientes del Estado, puesto que las instituciones fuera de gratuidad tienen mayor libertad de aranceles y pueden generar ingresos adicionales a los provenientes del Estado.

Por último, el crecimiento en alumnos está restringido para las instituciones en gratuidad y no está restringido para las instituciones fuera de gratuidad. Por eso que esta presentación es complementaria a la de José Joaquín Bruner, en el sentido de que debemos mirar el sistema en conjunto. Si estuviéramos evaluando este proyecto hace 7 años, daríamos un aplauso cerrado, casi sin matiz, pero eso no es lo que hacemos hoy, cuando la gratuidad está funcionando.

Como señalaba, dependiendo de si se está dentro o fuera de la gratuidad, a las instituciones se les da distinta flexibilidad para adaptarse al verdadero costo. El arancel regulado ancla el ingreso del Estado, pero el ancla es completa para las instituciones de educación superior en gratuidad en los 6 primeros deciles. Para ellas, este arancel debe ser también el arancel efectivo. En este sentido, un arancel mal fijado va a pegar especialmente fuerte para instituciones que tienen un alto porcentaje de alumnos en esos primeros deciles.

Y solo para ilustrar: en Duoc UC que es similar a otras instituciones grandes en el mundo técnico profesional y algunas universitarias regionales, más del 70% de su matrícula está en los primeros 6 deciles. El arancel referencial en la medida de que esté bien estimado no será problema. Pero la visión que tenemos hacia futuro, donde el presupuesto limitará la libertad para fijar a costo el arancel referencial, donde la ley establece que el reajuste de este arancel referencial esté acotado al IPC primero y luego a la ley de presupuesto, y en virtud del crecimiento en los costos previstos para el futuro en la educación superior, es que el problema será mayor.

Hemos hecho un cálculo simplemente para mostrar las diferencias sólo de ingresos por alumno que proviene del Estado, insistiendo que una institución fuera de gratuidad tiene más ingresos a los que provienen del Estado. Así, el ejercicio es de diferencias de recursos que el Estado entrega a una institución en gratuidad versus una institución fuera de gratuidad, por los mismos alumnos, en los mismos deciles.

Entre los deciles 1 al 4 si uno está acreditado en excelencia, la diferencia puede ser mínimo 0% y máximo 45%. Ello porque se permite que las instituciones fuera de gratuidad cobren a los alumnos con crédito 1,5 veces el arancel regulado, y el Estado garantiza el 90% del hasta 50% adicional.

Senadora Von Baer pregunta si es 45% más, si recibiría 45% por sobre lo que recibiría una institución en gratuidad. El Rector Paredes responde:

Sí, ello podría ser la diferencia máxima. Si la institución está en acreditación avanzada llegará a 45% y si es básica 35%. Eso pega muy fuertemente a alumnos hasta el 6º decil.

Ahora en el 7º decil también se da una diferencia que no es tan grande. Y en el 8º y en el 9º se da al revés, porque hay una mayor cobertura del Estado y mayor flexibilidad en el caso de la inscripción a la gratuidad.

Continúa exposición del Rector:

Quiero decir que una institución con un alumnado fuertemente cercano a la clase media, a menores deciles, estará particularmente perjudicada. Una institución con alumnos en altos deciles estará premiada si está en la gratuidad. De cualquier forma, esto no parece estar en el propósito del proyecto.

La conclusión de esta primera parte es que el ancla es más restrictiva para las instituciones que están bajo gratuidad, en particular para esos deciles 1 al 6. Además, que las desventajas relativas de las instituciones adscritas a gratuidad se agravarán por la fijación del arancel en el tiempo y por el reajuste restrictivo que contempla la ley de gratuidad. Las brechas se harán mayores y las instituciones fuera de la gratuidad tienen mayor flexibilidad.

Entonces, la gran conclusión de política pública (por eso hacemos un par de propuestas) es que, si no se aborda este problema, la estructura de la educación superior se puede ir moviendo hacia una combinación adversa. Ya sea a la salida de la gratuidad o al crecimiento y dominancia en el pregrado al menos, de instituciones de relativa peor calidad, dado que las que están en gratuidad, con la excepción de las instituciones estatales, se les requiere mayor acreditación. Por ello es importante resolver sistémicamente el problema.

¿Cuál es una solución que vemos dentro del proyecto? Ilustro esta solución para los alumnos entre los deciles 1 y 6, pero la propuesta es análoga para el resto de los alumnos. Las instituciones en gratuidad debieran recibir idénticos aportes del Estado por el estudiante a lo recibido en el caso de estar fuera (por alumnos con crédito).

Específicamente, las instituciones en gratuidad podrán recibir un margen entre el arancel efectivo y el de referencia, con igual tope y con iguales condiciones que la propuesta del Gobierno al que reciban las instituciones fuera de la gratuidad por sus alumnos con crédito. Las instituciones en gratuidad debieran garantizar dicho margen de la misma forma que se garantiza a las instituciones de educación superior que reciben alumnos con créditos, sin diferencia.

Lo aparentemente complicado de esta propuesta es que, si uno quiere mantener gratuidad, no se puede cobrar a los alumnos en gratuidad como se hará con los alumnos con crédito. Si se desea mantener incólume la gratuidad, ese diferencial no lo pagará el alumno, sino que se computará nominalmente en una cuenta nocional que reporta cuánto habría pagado el alumno si es que estuviera sujeto al crédito.

En el caso de que lleguen los 15 años y haya un saldo insoluto en esa cuenta nocional, la institución se debiera hacer responsable por la misma brecha del 50% que no se pagó, lo mismo que ocurriría si la institución estuviera fuera de gratuidad.

Para los alumnos no elegibles para gratuidad, pero en instituciones adscritas a ella, debiera permitírseles el mismo sistema contemplado en el proyecto de crédito, de cobrárseles más que AR. El crédito al alumno tendría iguales condiciones al entregado a alumnos en una institución fuera de gratuidad.

Hay una solución diferente, más estructural y simplemente se las voy a dejar, porque va más allá del foco de este proyecto. Lo haré por tiempo y para permitir centrarme en la lámina que tiene que ver con aspectos relativos a la duración de las Carreras.

Como está explícito en el proyecto en el artículo 8, el crédito muere en la duración nominal de la Carrera más algo, un margen. El problema es que el margen se define dependiendo del título y el grado y no de la duración la duración formal de la Carrera.  Específicamente, hay Carreras de 4 años conducentes a licenciatura y tienen mayor margen que Carreras de 4 años conducentes a título profesional. Creemos que el espíritu del proyecto más bien es que haya un margen en función de la duración de la Carrera más que de si va a entregar un título profesional o una licenciatura.

En segundo lugar, estimamos que el margen debiera ampliarse. Es positivo y aunque sea doloroso desde el punto de vista de la administración de las instituciones de educación superior, que haya incentivos a acortar las Carreras, que las cosas no se prolonguen indefinidamente. Sin embargo, creemos que debe haber una transición en la que se permita redefinir el currículum y tomar medidas académicas. Para apurar la graduación se requieren esas medidas y eso no va a ser posible de no mediar un periodo de transición mayor.

Por último, la duración máxima de este margen considera periodo en años. Implícitamente considera alumnos full time y ello debiera flexibilizarse de modo de viabilizar las jornadas parciales. Algunas medidas que tomamos en Duoc UC para dar más flexibilidad a los alumnos vespertinos, que la requieren, son desincentivadas con duraciones definidas en años.

Pregunta de la Senador Von Baer.

Considerando que estamos evaluando este crédito, no la gratuidad, cuál es la visión de este proyecto considerando que no se cuenta con mayores recursos.

Como señalé, hay una paradoja, pues este crédito, analizado en el contexto del año 2012 por ejemplo, es muy bueno. Sin embargo, lo que he planteado aquí es que hoy, en el contexto de gratuidad, es un mal proyecto, que tiene un alto riesgo de alterar adversamente la estructura de la educación superior, pues da mejores condiciones a las instituciones que están fuera de la gratuidad.

La propuesta para resolver este problema es mejorando las condiciones para las instituciones que estén en gratuidad, equiparándoselas a las que quedan fuera de ella.

¿Propone empeorar las condiciones del crédito?

Dada la falta de recursos eso es; de eso se tratan los trade-offs. Sin embargo, la propuesta de “empeoramiento” para generar los recursos necesarios puede ser poco dolorosa para los estudiantes. Por ejemplo, se podrían levantar recursos alargando el período de vigencia del crédito, es decir, que en lugar de terminarlo al año 15, hacerlo al 20 o al 25. Eso, cabe señalar, se da en muchos países, algunos de los cuales no tienen un año final.

La segunda opción, que puede ser complementaria, es aumentar el porcentaje de la brecha que avala la institución, por ejemplo, a 80%. Cabe recordar que la propuesta hecha por la Comisión de Financiamiento del 2011 y el mismo proyecto de Ley del 2012 contemplaban un aval de 100% de la brecha. 

Ver exposición en vídeo:  

https://observatorio.duoc.cl/exposicion_del_rector_de_duoc_uc_ricardo_par…

Lunes 15 de octubre de 2018.

[1] Exposición pronunciada el 24 de septiembre de 2018 en el Senado de Chile (editada).

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