11 de Julio, 2016

El nuevo proyecto de ley de educación superior en lo concerniente a lo técnico profesional.

Equipo Editorial Observatorio

Equipo Editorial Observatorio

6 minutos de lectura

El 4 de julio S.E la Presidenta de la República Sra. Michelle Bachelet presentó al Congreso Nacional un Proyecto de ley de educación superior[1], texto que hace varios meses empezó a ser levemente conocido con variadas minutas que intentaron abrir y preparar el camino para este nuevo proyecto.

Desde una perspectiva general, el Proyecto es extenso presentando 202 artículos permanentes y 60 artículos transitorios. Posee tres ejes conceptuales, que son la base esencial desde la cual se levanta la propuesta completa: calidad, equidad e inclusión y pertinencia. Los desafíos que tiene son presentar una nueva institucionalidad, una propuesta de equidad en el acceso, proponer diversidad, asegurar la calidad, un nuevo modelo de financiamiento, fortalecer el sistema estatal y fortalecer la formación técnico profesional.

El nuevo Sistema de Educación Superior propuesto por el Gobierno tendrá cuatro macro unidades: una Subsecretaría de Educación Superior (actual Divesup), la Superintendencia de Educación Superior, el Consejo para la Calidad de la Educación Superior (actual CNA) y el Consejo Nacional de Educación Superior (actual CNED). Todas estarán residentes al interior del Ministerio de Educación.

El nuevo Sistema de Educación Superior propuesto se fundamenta en los siguientes principios: autonomía, calidad, diversidad de proyectos educativos institucionales, inclusión, libertad académica, participación, pertinencia, respeto y promoción de los derechos humanos, transparencia y trayectorias formativas y articulación.

El artículo N°5 formula un concepto sobre lo que se entenderá por Instituto Profesional: “Son instituciones de educación superior cuya misión es la formación de profesionales capaces de contribuir al desarrollo de los distintos sectores productivos y sociales del país. Cumplen su misión a través de la realización de la docencia, la innovación y la vinculación con el medio con un alto grado de pertinencia al territorio donde se emplazan. Asimismo, les corresponde articularse especialmente con la formación técnica de nivel superior y vincularse con el mundo del trabajo para contribuir a la satisfacción de los intereses y necesidades del país y sus regiones. Dicha formación se caracteriza por la obtención de los conocimientos y competencias requeridas para participar y desarrollarse en el mundo del trabajo con autonomía en el ejercicio de una profesión o actividad y con capacidad de innovar”.  En tal sentido, por primera vez desde 1981, se presenta una definición gubernamental explícita y lo mismo ocurrirá con la propuesta de concepto respecto de la naturaleza de los CFT.

Con respecto a los Centro de Formación Técnica, el artículo N°6 nos dice: “Son instituciones de educación superior cuya misión es la formación de técnicos altamente calificados en áreas pertinentes al desarrollo de los distintos sectores productivos y sociales. Cumplen su misión a través de la formación e innovación en el ámbito técnico. Asimismo, les corresponde articularse especialmente con el nivel de enseñanza media en su formación técnico profesional y vincularse con el mundo del trabajo, para contribuir a la satisfacción de los intereses y necesidades del país y sus regiones”.

También intenta definir en su artículo N°19 lo que se entenderá por formación técnico profesional, señalando: “ es todo proceso de enseñanza de carácter formal y no formal[2], que contemple el estudio de las tecnologías y las ciencias relacionadas, el desarrollo de aptitudes, competencias, habilidades y conocimientos relacionados a ocupaciones en diversos sectores económicos. Deberá promover el aprendizaje permanente de las personas y su integración en la sociedad”. El concepto alude a competencias, formación a lo largo de la vida y a pertinencia.

La nueva Subsecretaría de Educación Superior contará con dos divisiones: la universitaria y la técnico profesional. Y entre sus novedades, propone la creación de un Sistema Común de Acceso a la Educación Superior, válido para universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, siendo administrado por esta subsecretaría. Toda institución que reciba recursos públicos quedará adscrita a este sistema. Es una oferta que implica un cambio de paradigma sustancial de lo que ha existido hasta hoy en Chile.

El Ministerio de Educación cada cinco años presentará al país su “Estrategia Nacional de Formación Técnico Profesional que iluminará las políticas públicas que se dicten. Respecto de esta, nos dice: “La estrategia fortalecerá la articulación entre el sistema educativo y el mundo del trabajo, facilitando la formación para el trabajo y la construcción de trayectorias formativas y laborales coherentes y pertinentes a las necesidades de las personas, de los sectores productivos y de la sociedad en general. Asimismo, deberá establecer objetivos de desarrollo prioritarios para la formación técnico profesional y proponer un plan para su implementación que considere plazos para su ejecución”. El Estado intenta hacerse cargo ayudando a que se planifique coordinadamente las necesidades de formación técnica y profesional del país. Asimismo, también se creará un Consejo Asesor de Formación técnico Profesional del Presidente (a) de la República, quienes diseñarán la “estrategia nacional” y coordinarán a los ministerios de Educación, trabajo y Economía, Fomento y Turismo.

Es novedoso y a la vez nítido de la propuesta presentada, su deseo de promover criterios y estándares de calidad, administrado por el nuevo Consejo de la Calidad y que claramente impactarán en la formación que proporcionan las universidades, IP y CFT en Chile. Intenta acoger las especificidades de los distintos subsistemas, promoviendo la innovación y vinculación con el medio de los IP y CFT.

El Proyecto exige un estudio pormenorizado, razonado y analítico del texto en todo su articulado. Es evidente que se intenta crear un nuevo escenario que exigirá acuerdos sustanciales, ya que en materias de influencia en la autonomía de gobierno de las instituciones de educación superior, rol y facultades de la Superintendencia, criterios y estándares de calidad, formas de acceso a los fondos públicos y financiamiento estudiantil, entre otras materias, estas normas afectarán seriamente aspectos esenciales de los actuales IP y CFT. Podemos decir, con convicción plausible, que estamos en presencia de una propuesta que intenta cambiar radicalmente el paradigma que se diseñó en la década de los ochenta del siglo pasado para la educación superior chilena.

Equipo editorial Observatorio Duoc UC

 Lunes 11 de julio de 2016

[1]  https://www.camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=11224&prmBoletin=1078…

[2] Todo tipo de formación orientada al mundo del trabajo.

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